Convocatoria de ayudas para la modernización y el fomento del emprendimiento en Fuenlabrada 2023

La Concejalía de Desarrollo Económico, Empleo, Comercio e Industria del Ayuntamiento de Fuenlabrada, a través del Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo, CIFE, convoca ayudas dirigida a la modernización y el fomento y del emprendimiento en la localidad de Fuenlabrada.

La convocatoria tiene una dotación económica de 175.000€.

Beneficiarios:

  • Empresas constituidas desde el 1 de enero de 2014 que hayan realizado los gastos para la modernización y mejora de la competitividad de su empresa a partir del 1 de enero de 2019 y hasta el vencimiento del plazo de presentación de la presente convocatoria.
  • Y empresas de reciente creación, constituidas desde 1 enero del 2020

Requisitos

  • Las empresas beneficiarias deberán tener su domicilio fiscal y desarrollar su actividad en el término municipal de Fuenlabrada.
  • Que se trate de microempresas, entendiéndose por tal, que tengan una plantilla media anual inferior a 10 empleos y un volumen de negocio anual no superior a dos millones de euros.
  • Estar formal y legalmente constituidas antes de la finalización del vencimiento del plazo de presentación de la presente convocatoria. En el caso de autónomos/as, estar inscrito como autónomo y con el alta en vigor en la fecha de solicitud de la ayuda.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias: frente a la AEAT, Agencia Estatal de la Administración Tributaria (Hacienda); frente a la Tesorería de la Seguridad Social y frente al Ayuntamiento de Fuenlabrada.

Cuantía de las ayudas.

Las ayudas consisten en un único pago de entre 600 y 2.000 euros a los emprendedores y empresas de la ciudad. Los beneficiarios en ningún caso podrán obtener más del 80 por  100 de los  gastos presentados y justificados. No se admitirán los pagos de estos gastos en efectivo.

Gastos subvencionables.

Estas ayudas permitirán hacer frente a gastos destinados a diseño de páginas web, a realizar estudios de mercado para mejorar la competitividad del negocio, al alquiler de vehículos, a la adquisición de aplicaciones informáticas, a la compra o alquiler de herramientas y maquinaria o elementos que mejoren la eficiencia energética de los negocios. También se contemplan los gastos relacionados con la constitución y puesta en marcha de la actividad económica y otros …..(ver articulo 5 B) de las Bases de la convocatoria)

 Plazo y forma de presentación de solicitudes:

Las solicitudes deberán presentarse por vía telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada https://sede.ayto-fuenlabrada.es/, en el apartado de “CIFE”, seleccionando “AYUDA FOMENTO Y APOYO AL EMPRENDIMIENTO EN FUENLABRADA 2023”.

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 4 hasta el día 31 de  mayo de 2023.

Enlaces de interés:

Según el artículo 9 de las bases convocatoria 2023: «Los solicitantes dispondrán de un plazo máximo de 3 días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación en sede electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada, para efectuar las reclamaciones o alegaciones que estimen convenientes». Plazo de alegaciones del 9 al 11 de octubre de 2023.

Video tutoriales de ayuda para realizar la solicitud (Para ver el video haga click en el texto correspondiente)

Video tutorial de guía para nuevas altas en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada

Establecer representación

Video de ayuda para incorporar documentos en la SEDE del Ayuntamiento de Fuenlabrada. Es un video explicativo de carácter general para Instancias Generales, para la solicitud de las ayudas deberá hacerse en el formulario de la ayuda correspondiente

Preguntas frecuentes sobre ayudas convocadas por el Ayto. Fuenlabrada. Convocatoria 2023 (Para ver la respuesta haga click en el texto correspondiente)

Se presentará obligatoriamente por la sede electrónica del Ayto. Fuenlabrada, https://sede.ayto-fuenlabrada.es/

Microempresas, autónomos y sociedades (con una plantilla media anual inferior a 10 trabajadores y un volumen de negocio anual no superior a 2 millones de euros) que tengan domicilio fiscal y desarrollen su actividad en el municipio de Fuenlabrada. (Art. 3 y 4 de las bases)

Si, debiendo aportar el DNI del representante y un documento donde los solicitantes los designen como tales.

Para poder acceder, además de contar con el certificado digital para la firma de la solicitud de la ayuda, también es necesario el registro en la página de la sede electrónica del Ayto. de Fuenlabrada.

No, sólo se puede presentar en PDF.

Certificado electrónico y software de autofirma.

Enlace:
https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html

No, porque tendrás que firmar la solicitud de la ayuda y se requiere certificado electrónico, tendrás que entrar en la opción “Acceso mediante certificado digital”.

No. Estas ayudas sólo se podrán presentar por Sede electrónica. (Art.6 de las bases)

No, porque la ayuda va dirigida a microempresas con una plantilla inferior a 10 empleados (Máximo 9) y un volumen de negocio anual no superior a 2 millones de euros. (Art.4 de las bases)

En ningún caso se necesita el informe de vida laboral personal. Si tienes o has tenido trabajadores contratados el ITA o VILEM (vida laboral de la empresa). Si no tienes ni has tenido trabajadores contratados el informe de “inexistencia como empresario”.

Se deberá acreditar la independencia de las actividades empresariales, siendo la comisión de valoración la encargada de resolver. (Art. 4 de las bases)

No, porque para esta ayuda el solicitante tiene que tener el domicilio fiscal y el desarrollo de su actividad en el municipio de Fuenlabrada (Art.4 de las bases)

No. Las misma persona física o jurídica, solicitante solo podrá ser beneficiario de una ayuda, aunque tenga más de un local o establecimiento abierto. (Art.4 de las bases)

Un usuario de servicios CIFE es aquel que ha recibido algún asesoramiento, formación o es empresa colaboradora; también usuario que esté alojado en el vivero coworking o despacho o incluso que haya participado en los certámenes de emprendimiento (Art.8 de las bases) No hace falta justificarlo porque aparece en nuestra base de datos.

No, en ningún caso podrán obtener mas del 80% de los gastos presentados y justificados (excluido el IVA), siendo el importe mínimo de la ayuda a percibir 600€ y el máximo 2000€ (Art.5 de las bases).

El gasto o inversión mínima es de 750€ (IVA excluido), no puede ser menor (Art. 4 de las bases)

Si. Solo pueden ser los gastos detallados en las bases artículo 5.

No. Los pagos tienen que haber sido hechos con tarjeta de crédito, a través de medios bancarios (cheques, transferencia bancaria, pagarés …etc)

En ningún caso se considera gasto subvencionable el IVA. (Art. 5 de las bases).

Si la documentación entregada no cumpliera los requisitos se hará un requerimiento al solicitante por medios electrónicos para que en el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la notificación, subsane esta falta de documentación. Si no lo hiciera se daría por desistida su petición de ayuda. La subsanación será siempre dentro del plazo de dicha convocatoria.

No, los documentos presentados después de finalizar el plazo de la convocatoria no se tendrán en cuenta, considerándolos “fuera de plazo”.

El plazo máximo para notificar la resolución expresa será de 6 meses a contar desde la publicación de la convocatoria. Se publicará en la página institucional del CIFE y en la del Ayto. Fuenlabrada, en el tablón de anuncios del CIFE así como en la sede electrónica del Ayto. Fuenlabrada. Dicha resolución determinará los beneficiarios, el importe de la ayuda y orden de la concesión, así como aquellos solicitantes a los que se deniegue la ayuda y su motivación.

Una vez se publique la resolución definitiva de la ayuda, los beneficiarios recibirán el importe de la misma en la cta. bancaria determinada en la solicitud de la ayuda.

Los solicitantes dispondrán de un plazo de 3 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la resolución provisional para efectuar las reclamaciones o alegaciones que estimen convenientes.

Si. Para incorporar documentación a un expediente que ya se ha enviado, sólo tienes que acceder en la sede electrónica del Ayuntamiento a «Carpeta Ciudadana», a continuación entrar en «Mi Carpeta» y ahí se abren los diferentes expedientes abiertos, pinchas en la solicitud que corresponda y después en :

Acciones

INCORPORACION DOCUMENTACION ADICIONAL

Ayudas 2023

INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
RESPONSABLE DE LOS DATOS: Ayuntamiento de Fuenlabrada

BASE LEGAL DEL TRATAMIENTO: Ejercicio de competencias atribuidas al municipio por Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local

FINALIDAD DEL TRATAMIENTO: Gestión actividades  en materia de formación y empleo

DERECHOS DE LA PERSONA INTERESADA: Pueden ejercerse los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de los datos y limitación y oposición al tratamiento conforme se detalla en www.ayto-fuenlabrada.es.

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Concejalía de Desarrollo Económico, Empleo y Comercio del Ayuntamiento de Fuenlabrada

MÁS INFO:

CIFE – Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo de Fuenlabrada
Avenida de las Provincias, 33 – 1ª planta
28942 – Fuenlabrada – Madrid

Tlf: 91 606 25 12 | E-mail: cife.fuenlaemprende@ayto-fuenlabrada.es
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