AYUDAS RESPONSABILIDAD SOCIAL Y LABORAL. LÍNEA 2ª. CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL, FAMILIAR Y PERSONAL A TRAVÉS DE INCENTIVOS ECONÓMICOS PARA EL FOMENTO DEL TELETRABAJO Y DE LA FLEXIBILIDAD HORARIA. |
Los trabajadores autónomos o por cuenta propia, las pequeñas empresas y las sociedades civiles con personalidad jurídica, que ejerzan su actividad en la Comunidad de Madrid |
El plazo para presentar las solicitudes de bonificación de las cuotas mensuales finaliza a los 6 meses de la mensualidad que se solicita |
2.500€ por trabajador con un acuerdo, individual o colectivo, formalizado en un contrato de teletrabajo, por adaptación del contrato o bien por la realización de un nuevo contrato para una persona no vinculada a la empresa, con el límite máximo de 10.000€ por empresa |
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PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA |
Incentivos para la contratación indefinida inicial de personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo en las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid. |
Convocatoria: Indefinida. Plazo máximo de un mes desde la fecha
de alta del trabajador en el régimen correspondiente de la Seguridad Social |
Cada contrato indefinido inicial a tiempo completo: 4.000 € con carácter general . 5.500 € a mayores de 45 años, retornados del extranjero a la Comunidad de Madrid y personas desempleadas de larga duración. 7.500 € a personas desempleadas de larga duración con 24 meses o más en desempleo que sean mayores de 45 años. |
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IMPULSO AL CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE. |
Contratación de formación y aprendizaje a jornada completa de jóvenes inscritos como beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil Juvenil o inscritos como desempleados en alguna de las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid. |
Convocatoria: Indefinida. Plazo máximo de un mes desde la fecha
de alta del trabajador en el régimen correspondiente de la Seguridad Social |
5000 € por cada contrato a tiempo completo de duración de al menos 1 año. Y se incrementará la cuantía en 500 por la contratación de mujer o de persona perteneciente al colectivo trans |
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PROGRAMA DE ESTÍMULO A LA CONTRATACIÓN DE JÓVENES PARA LA RECUPERACIÓN ECONÓMICA |
Contratación en prácticas durante al menos 6 meses, de jóvenes inscritos como beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil Juvenil o inscritos como desempleados en alguna de las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid, en una ocupación directamente relacionada con su titulación y acorde a su nivel de estudios o formación. |
Convocatoria:Indefinida.Plazo máximo de un mes desde la fecha
de alta del trabajador en el régimen correspondiente de la Seguridad Social |
4.500 € cada contrato en prácticas a tiempo completo siempre que la duración del mismo sea de al menos, 6 meses. Se incrementará en 500 € en el caso de que la persona contratada sea mujer o pertenezca al colectivo de personas Trans. |
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INCENTIVOS PARA LA CONVERSIÓN DE CONTRATOS TEMPORALES Y FORMATIVOS EN INDEFINIDOS. |
Incentivos por la conversión de contratos temporales o formativos en indefinidos, con una vigencia mínima de seis meses previos a la fecha de la conversión cuando las personas contratadas desarrollen su actividad en la Comunidad de Madrid. |
Convocatoria: Indefinida. Plazo máximo de un mes desde la fecha
de alta del trabajador en el régimen correspondiente de la Seguridad Social. |
3.000 € por cada conversión de contrato temporal o formativo en indefinido a tiempo completo. En los supuestos de contratación indefinida a tiempo parcial el importe de la subvención se reducirá proporcionalmente. La jornada no podrá ser inferior al 62,5%. |
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INCENTIVOS AL RESTABLECIMIENTO DE LA JORNADA LABORAL DE TRABAJADORES CONTRATADOS INDEFINIDAMENTE AFECTADOS POR EXPEDIENTES DE REGULACIÓN TEMPORAL DE EMPLEO (ERTE) PARA LA REDUCCIÓN DE JORNADA. |
Restablecimiento de la jornada laboral de trabajadores contratados indefinidamente afectados por expedientes de regulación temporal de empleo para la reducción de jornada basados en fuerza mayor o causas económicas, técnicas, organizativas y de producción vinculadas a la COVID-19. |
Convocatoria:Indefinida.Plazo máximo de un mes desde la fecha
de alta del trabajador en el régimen correspondiente de la Seguridad Social |
3.000 € por cada conversión de contrato temporal o formativo en indefinido a tiempo completo. En los supuestos de contratación indefinida a tiempo parcial el importe de la subvención se reducirá proporcionalmente. La jornada no podrá ser inferior al 62,5% |
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INCENTIVOS AL RESTABLECIMIENTO DE LA JORNADA LABORAL DE TRABAJADORES CONTRATADOS INDEFINIDAMENTE AFECTADOS POR EXPEDIENTES DE REGULACIÓN TEMPORAL DE EMPLEO PARA LA REDUCCIÓN DE JORNADA. |
restablecimiento de la jornada laboral de trabajadores contratados indefinidamente afectados por expedientes de regulación temporal de empleo para la reducción de jornada basados en fuerza mayor o causas económicas, técnicas, organizativas y de producción vinculadas a la COVID-19. |
Convocatoria: Indefinida. Plazo máximo de un mes desde la fecha
de alta del trabajador en el régimen correspondiente de la Seguridad Social |
2000 por restablecimiento de jornada completa. Se incrementará en 1000 si la empresa pertenece a alguno de los sectores de CNAE previstos en el RDL 2/2021 de 26 de enero |
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PROGRAMA PARA EL FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN ESTABLE DE PERSONAS DE DICHOS COLECTIVOS |
Contratación de mujeres víctimas de violencia de género, del terrorismo, riesgo de exclusión social y que hayan participado sin que haya transcurrido más de 3 meses desde que finalizó su participación en el programa de reactivación e inserción laboral para personas desempleadas de larga duración con especiales dificultades de inserción en el mercado de trabajo. |
Convocatoria:Indefinida.Plazo máximo de un mes desde la fecha
de alta del trabajador en el régimen correspondiente de la Seguridad Social |
Contratación indefinida: 7.500 €, este importe se incrementará en 500 €, cuando la persona contratada sea una mujer o se trate de una persona trans. Contratación temporal: Contratos de 3 a menos de 6 meses: 1.750 €, Contratos de 6 a 12 meses: 3.500 €. Los Autónomos que contraten con carácter indefinido a su primer empleado, se contempla una ayuda adicional de 2.000 €. |
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AYUDA PARA EL ABONO DE CUOTAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TRAS CAPITALIZAR LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO |
Quienes hayan capitalizado la prestación por desempleo o cese de actividad en la modalidad de pago único a tanto alzado por su valor actual o capitalización total — certificada por alguna de las oficinas gestoras del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). |
6 meses desde la fecha de alta en el correspondiente régimen de Seguridad Social.La presentacion de los documentos de cotizacion mensual se realizará a medida que el beneficiario vaya realizsando el ingreso de sus cuotas mensuales al regimen de la Seguridad Social |
Si el alta es en el Régimen de Autónomos se subvenciona como máximo el 50 % de la cuota mínima de cotización, según la normativa legal anual. Si el alta es en el Régimen General se subvenciona el 100 % de lo cotizado a cargo del trabajador/a, según la normativa legal anual. |
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AYUDAS A LA MOVILIDAD ELÉCTRICA DEL PROGRAMA MOVES III, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILENCIA EUROPEA. AÑOS 2021-2022-2023. PROGRAMA INCENTIVOS 2. IMPLANTACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS. |
Profesionales autónomos, personas físicas y jurídicas, comunidades de propietarios |
POR ESPECIFICAR |
Programa de incentivos 1: Adquisición de vehículos eléctricos ayuda de 1.100 hasta 7000 euros Programa de incentivos 2: Implantación de Infraestructura de recarga de vehículos
eléctricos hasta 800.000 euros |
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LÍNEA 1ª. IMPLANTACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL EN LOS AUTÓNOMOS Y EN LAS PEQUEÑAS EMPRESAS. |
Los trabajadores autónomos o por cuenta propia, las pequeñas empresas y las sociedades civiles con personalidad jurídica, que ejerzan su actividad en la Comunidad de Madrid. |
PLAZO INDEFINIDO |
La cuantía de la subvención será el equivalente al 75 por 100 del coste que lleve consigo la obtención o renovación de la norma o estándar, la puesta en marcha del Plan Director, así como la participación efectiva de la entidad en iniciativas, grupos o proyectos que fomenten la responsabilidad social, con el máximo de 2.500 euros por empresa. |
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AYUDA AL COMERCIO AMBULANTE |
Pequeñas y medianas empresas, así como los empresarios individuales, incluidos los socios cooperativistas, de sociedades laborales y de sociedades mercantiles encuadrados en el Régimen Especial de Trabajadores AutónomosPYMES - empresarios individuales |
INDEFINIDA |
La cuantía no será superior a un mismo beneficiario de 200.000€ durante el periodo de 3 ejercicios fiscales |
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APOYO A LA INCORPORACIÓN DE SOCIOS A LAS EMPRESAS DE LA ECONOMÍA SOCIAL (COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES) |
Se subvenciona a las cooperativas, sociedades laborales o empresas de inserción que incorporen socios trabajadores o dé trabajo en su propia empresa. Se subvenciona a los nuevos socios por sus aportaciones al capital social |
3 meses desde la incorporación efectiva del socio |
De 5.000 euros por cada socio trabajador o de trabajo incorporado, o 10.000 euros en el caso de parados de larga duración 2. La cuantía de la subvención será del 50 % de la aportación al capital de la sociedad, hasta un máximo de 3.000 euros |
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FINANCIACIÓN DE INVERSIONES NECESARIAS PARA LA CREACIÓN DE EMPRESAS DE ECONOMÍA SOCIAL, ASI COMO PARA SU AMPLIACIÓN Y DESARROLLO |
Cooperativas y sociedades laborales |
2 primeros meses del año natural siguiente al año de la inversión |
Como máximo del 50% de la inversión realizada para la puesta en marcha de la empresa de economía social, para su ampliación o desarrollo, y hasta un máximo de 20.000 euros por entidad y año |
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APOYO A LA CREACIÓN DE NUEVAS COOPERATIVAS, SOCIEDADES LABORALES Y EMPRESAS DE INSERCIÓN |
Nuevas cooperativas y sociedades laborales |
10 primeros meses desde la constitución |
Hasta un máximo de 12.000 euros por entidad de nueva creación |
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RE-EMPRENDE : COTIZACIONES SOCIALES - EMPLEO AUTÓNOMOS - EMPRENDEDORES |
Autónomos con cese de actividad |
INDEFINIDA |
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PAGO ÚNICO DE LA PRESTACIÓN CONTRIBUTIVA |
Aquellas personas beneficiarias de una prestación por desempleo de nivel contributivo, que pretendan iniciar un proyecto empresarial, individual o societario. No pueden acceder quienes perciben un subsidio, RAI (Renta Activa de Inserción) o cualquier otra prestación asistencial |
INDEFINIDA |
100% prestación reconocida. |
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PROGRAMA IMPULSA PARA AUTÓNOMOS EN DIFICULTADES |
Todos los trabajadores que desarrollen su actividad en la Comunidad de Madrid que estén dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, incluidos los socios de cooperativas, de sociedades laborales y de sociedades mercantiles |
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Hasta 3.200 € y en un solo abono |
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AMPLIACIÓN TARIFA PLANA PARA AUTÓNOMOS |
Los autónomos que se hayan dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA) o en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios (SETA) cumpliendo los requisitos para ser beneficiarios de la tarifa plana estatal. También los socios de cooperativas de trabajo asociado o de sociedades laborales encuadrados en el RETA |
Los autónomos que se hayan dado de alta en el RETA y cumplan las condiciones para ser beneficiarios, podrán presentar la solicitud durante los dos últimos meses del período inicial de disfrute de la reducción estatal y hasta el último día del segundo mes siguiente al citado período |
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80% GASTOS CONSTITUCIÓN A TRABAJADORES QUE SE CONSTITUYAN POR CUENTA PROPIA (AUTÓNOMOS) |
Las personas físicas desempleadas que se den de alta como trabajadores autónomos, por cuenta propia Sociedades civiles o de comunidades de bienes. Sociedades mercantiles, siempre y cuando no sean miembros del órgano administrador de la sociedad. Socios trabajadores o de trabajo de cooperativas o sociedades laborales |
Tres meses a partir de la fecha de inicio de la actividad del trabajador/a autónomo/a |
80% ge gastos justificados máximo 4.500 € |
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