Convocatoria de ayudas para la modernización y el fomento del emprendimiento en Fuenlabrada 2022
La Concejalía de Desarrollo Económico, Empleo, Comercio e Industria del Ayuntamiento de Fuenlabrada, a través del Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo, CIFE, convoca ayudas dirigida a la modernización y el fomento y del emprendimiento en la localidad de Fuenlabrada.
La convocatoria tiene una dotación económica de 175.000€.
Beneficiarios:
- Empresas constituidas desde el 1 de enero de 2013, para apoyo a la modernización y la mejora de competitividad de empresas.
- Y empresas de reciente creación, constituidas desde 1 enero del 2019
Cuantía de las ayudas.
Las ayudas consisten en un único pago.
Los beneficiarios en ningún caso podrán obtener más del 80 por 100 de los gastos presentados y justificados, dichos gastos se relacionan en el apartado siguiente de este artículo, siendo el importe mínimo de la ayuda a percibir de 600 € y el máximo de 2.000 €.
Gastos efectuados
*En ningún caso se considera gasto subvencionable el IVA.
Línea 1: Empresas constituidas desde el 1 de enero de 2013, ayuda para el apoyo a la modernización y la mejora de competitividad de empresas.
Gastos realizados a partir del 1 de enero del 2018 y hasta el vencimiento del plazo de la convocatoria.
CONCEPTO | FORMA DE JUSTIFICACIÓN |
Obras menores (cuyo importe no supere los 900 € por año) | Factura oficial y justificante de pago |
Adquisición de equipos informáticos, herramientas y maquinaria relacionada directamente con la actividad empresarial (cuyo importe no supere los 900 € por año) | Factura oficial y justificante de pago |
Alquiler de herramientas y maquinaria relacionada directamente con la actividad empresarial (cuyo importe no supere los 900 € por año) | Contrato de alquiler, factura oficial y justificante de pago |
Estudio de mercado para mejora de la competitividad de sus empresas | Estudio realizado, factura oficial y justificante de pago. |
Estudios y planes de internacionalización | Estudio realizado, factura oficial y justificante de pago |
Formación destinada a mejorar la cualificación profesional de socios y asalariados | Factura y justificante de pago |
Adquisición de aplicaciones informáticas (específicas para el desarrollo del negocio, cuyo importe no supere los 900 € por año). | Factura y justificante de pago. |
Alquiler de aplicaciones informáticas. | Contrato de alquiler y justificante de pago. |
Diseño de página web (nombre de la página para consulta) y adquisición de dominio. | Factura oficial y justificante de pago |
Acciones de comunicación y publicidad. | Factura oficial y justificante de pago |
Imagen corporativa. (Diseño de logo y rótulo) | Factura oficial y justificante de pago |
Alquiler de vehículos para transporte de personas o mercancías. | Contrato, factura oficial y justificante de pago |
Tasas y licencias municipales | Impreso oficial sellado y pagado. |
Honorarios de arquitectos, ingenieros, asesores y gastos de gestoría para la constitución y puesta en marcha. | Factura oficial y justificante de pago |
Primas de seguros de responsabilidad civil y otros seguros necesarios para el inicio de actividad y/o mantenimiento de la actividad. | Contrato seguro y justificantes de pago |
Gastos de colegiación del emprendedor | Justificantes de pago |
Línea 2: Empresas constituidas desde 1 enero del 2019, ayuda para el fomento del emprendimiento
CONCEPTO | FORMA DE JUSTIFICACIÓN |
Obras menores (cuyo importe no supere los 900 € por año) | Factura oficial y justificante de pago |
Adquisición de herramientas y maquinaria relacionada directamente con la actividad empresarial (cuyo importe no supere los 900 € por año) | Factura oficial y justificante de pago |
Alquiler de herramientas y maquinaria relacionada directamente con la actividad empresarial (cuyo importe no supere los 900 € por año) | Contrato de alquiler, factura oficial y justificante de pago |
Estudio de mercado para mejora de la competitividad de sus empresas | Estudio realizado, factura oficial y justificante de pago. |
Estudios y planes de internacionalización | Estudio realizado, factura oficial y justificante de pago |
Formación destinada a mejorar la cualificación profesional de socios y asalariados | Factura y justificante de pago |
Alquileres de locales y oficinas (máximo 6 meses). Sólo para empresas de nueva creación. | Contrato de alquiler y justificante de pago |
Traspasos | Contrato de traspaso y justificante de pago |
Adquisición de aplicaciones informáticas (específicas para el desarrollo del negocio, cuyo importe no supere los 900 € por año). | Factura y justificante de pago. |
Alquiler de aplicaciones informáticas. | Contrato de alquiler y justificante de pago. |
Diseño de página web (nombre de la web para consulta) y adquisición de dominio. | Factura oficial y justificante de pago |
Acciones de comunicación y publicidad. | Factura oficial y justificante de pago |
Imagen corporativa. (Diseño de logo y rótulo) | Factura oficial y justificante de pago |
Gastos de constitución de la empresa. | Factura oficial y justificante de pago |
Gastos de primera ocupación, alta de agua, gas, electricidad. | Contrato, factura oficial y justificante de pago |
Alquiler de vehículos para transporte de personas o mercancías. | Contrato, factura oficial y justificante de pago |
Tasas y licencias urbanísticas | Impreso oficial sellado y pagado. |
Honorarios de arquitectos, ingenieros, asesores y gastos de gestoría para la constitución y puesta en marcha. | Factura oficial y justificante de pago |
Primas de seguros de responsabilidad civil y otros seguros necesarios para el inicio de actividad y/o mantenimiento de la actividad. | Contrato seguro y justificantes de pago |
Gastos de colegiación del emprendedor | Justificantes de pago |
Plazo y forma de presentación de solicitudes:
Las solicitudes deberán presentarse por vía telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada https://sede.ayto-fuenlabrada.es/, en el apartado de “CIFE”, seleccionando “AYUDA FOMENTO Y APOYO AL EMPRENDIMIENTO EN FUENLABRADA”.
El plazo de presentación de solicitudes será de 5 de Septiembre al 3 de Octubre
El plazo de presentación de alegaciones será del 20 al 22 de Diciembre
Enlaces de interés:
Video tutoriales de ayuda para realizar la solicitud (Para ver el video haga click en el texto correspondiente)
Cómo dar de alta nuevo usuario en la SEDE Ayuntamiento de Fuenlabrada - Video tutorial
Video tutorial de guía para nuevas altas en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada
Establecer representación en el caso de que no se esté en posesión de certificado digital - Video tutorial
Establecer representación
Añadir documentación a una solicitud en la SEDE del Ayuntamiento de Fuenlabrada - Video Tutorial
Video de ayuda para incorporar documentos en la SEDE del Ayuntamiento de Fuenlabrada. Es un video explicativo de carácter general para Instancias Generales, para la solicitud de las ayudas deberá hacerse en el formulario de la ayuda correspondiente
Preguntas frecuentes sobre ayudas convocadas por el Ayto. Fuenlabrada. Convocatoria 2022 (Para ver la respuesta haga click en el texto correspondiente)
• ¿Cómo y dónde presento la solicitud?
Se presentará obligatoriamente por la sede electrónica del Ayto. Fuenlabrada, https://sede.ayto-fuenlabrada.es/
• ¿Quién puede solicitar la ayuda?
Microempresas, autónomos y sociedades (con una plantilla media anual inferior a 10 trabajadores y un volumen de negocio anual no superior a 2 millones de euros) que tengan domicilio fiscal y desarrollen su actividad en el municipio de Fuenlabrada. (Art. 3 y 4 de las bases)
• ¿Puede presentar la ayuda un representante?
Si, debiendo aportar el DNI del representante y un documento donde los solicitantes los designen como tales.
• Para entrar en la Sede electrónica ¿Hay que registrarse antes o sirve con el certificado electrónico?Toggle Title
Para poder acceder, además de contar con el certificado digital para la firma de la solicitud de la ayuda, también es necesario el registro en la página de la sede electrónica del Ayto. de Fuenlabrada.
• ¿Se puede incorporar documentación en Word, Excel … etc?
No, sólo se puede presentar en PDF.
• ¿Qué software necesito tener instalado en mi ordenador para presentar esta ayuda?
Certificado electrónico y software de autofirma.
• ¿Puedo entrar solo con usuario y contraseña?
No, porque tendrás que firmar la solicitud de la ayuda y se requiere certificado electrónico, tendrás que entrar en la opción “Acceso mediante certificado digital”.
• ¿Se puede presentar la ayuda de forma presencial por Registro General?
No. Estas ayudas sólo se podrán presentar por Sede electrónica. (Art.6 de las bases)
• ¿Tengo derecho a la ayuda si tengo 10 o más empleados en activo?
No, porque la ayuda va dirigida a microempresas con una plantilla inferior a 10 empleados (Máximo 9) y un volumen de negocio anual no superior a 2 millones de euros. (Art.4 de las bases)
• ¿Qué tipo de informe de vida laboral necesito?
En ningún caso se necesita el informe de vida laboral personal. Si tienes o has tenido trabajadores contratados el ITA o VILEM (vida laboral de la empresa). Si no tienes ni has tenido trabajadores contratados el informe de “inexistencia como empresario”.
• ¿Puedo solicitar la ayuda si comparto local con otro autónomo?
Se deberá acreditar la independencia de las actividades empresariales, siendo la comisión de valoración la encargada de resolver. (Art. 4 de las bases)
• Tengo actividad en Fuenlabrada desde hace muchos años, pero no el domicilio fiscal ¿tengo derecho a la ayuda?
No, porque para esta ayuda el solicitante tiene que tener el domicilio fiscal y el desarrollo de su actividad en el municipio de Fuenlabrada (Art.4 de las bases)
• Si forma parte de una sociedad mercantil comunidad de bienes o sociedad civil ¿podemos solicitar la ayuda cada uno de los socios que la componemos?
No. Las misma persona física o jurídica, solicitante solo podrá ser beneficiario de una ayuda, aunque tenga más de un local o establecimiento abierto. (Art.4 de las bases)
• ¿Qué significa usuario de los servicios CIFE? ¿Cómo lo justifico?
Un usuario de servicios CIFE es aquel que ha recibido algún asesoramiento, formación o es empresa colaboradora; también usuario que esté alojado en el vivero coworking o despacho o incluso que haya participado en los certámenes de emprendimiento (Art.8 de las bases) No hace falta justificarlo porque aparece en nuestra base de datos.
• ¿Qué cuantía tiene la ayuda? ¿Me van abonar todos los gastos efectuados?
No, en ningún caso podrán obtener mas del 80% de los gastos presentados y justificados (excluido el IVA), siendo el importe mínimo de la ayuda a percibir 600€ y el máximo 2000€ (Art.5 de las bases).
• ¿Cuál es el gasto mínimo? ¿Puede ser un poco menos?
El gasto o inversión mínima es de 750€ (IVA excluido), no puede ser menor (Art. 4 de las bases)
• ¿Sólo pueden ser los gastos especificados en las bases?
Si. Solo pueden ser los gastos detallados en las bases artículo 5.
• ¿Puedo presentar algún pago en efectivo teniendo la factura?
No. Los pagos tienen que haber sido hechos con tarjeta de crédito, a través de medios bancarios (cheques, transferencia bancaria, pagarés …etc)
• ¿Es gasto subvencionable el IVA?
En ningún caso se considera gasto subvencionable el IVA. (Art. 5 de las bases).
• ¿Qué ocurre si al presentar la solicitud me faltan documentos?
Si la documentación entregada no cumpliera los requisitos se hará un requerimiento al solicitante por medios electrónicos para que en el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la notificación, subsane esta falta de documentación. Si no lo hiciera se daría por desistida su petición de ayuda. La subsanación será siempre dentro del plazo de dicha convocatoria.
• ¿Se pueden presentar documentos después del vencimiento del plazo de la convocatoria para completar el expediente?
No, los documentos presentados después de finalizar el plazo de la convocatoria no se tendrán en cuenta, considerándolos “fuera de plazo”.
• ¿Cuándo sale la resolución del Ayto. Fuenlabrada?
El plazo máximo para notificar la resolución expresa será de 6 meses a contar desde la publicación de la convocatoria. Se publicará en la página institucional del CIFE y en la del Ayto. Fuenlabrada, en el tablón de anuncios del CIFE así como en la sede electrónica del Ayto. Fuenlabrada. Dicha resolución determinará los beneficiarios, el importe de la ayuda y orden de la concesión, así como aquellos solicitantes a los que se deniegue la ayuda y su motivación.
• ¿Qué tengo que hacer una vez se publique la resolución?
Una vez se publique la resolución definitiva de la ayuda, los beneficiarios recibirán el importe de la misma en la cta. bancaria determinada en la solicitud de la ayuda.
• Si no soy beneficiario de la ayuda ¿puedo reclamar?
Los solicitantes dispondrán de un plazo de 3 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la resolución provisional para efectuar las reclamaciones o alegaciones que estimen convenientes.
• ¿Puedo incorporar documentación a una solicitud que ya he enviado?
Si. Para incorporar documentación a un expediente que ya se ha enviado, sólo tienes que acceder en la sede electrónica del Ayuntamiento a «Carpeta Ciudadana», a continuación entrar en «Mi Carpeta» y ahí se abren los diferentes expedientes abiertos, pinchas en la solicitud que corresponda y después en :
Acciones
INCORPORACION DOCUMENTACION ADICIONAL
INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES |
RESPONSABLE DE LOS DATOS: Ayuntamiento de Fuenlabrada
BASE LEGAL DEL TRATAMIENTO: Ejercicio de competencias atribuidas al municipio por Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local FINALIDAD DEL TRATAMIENTO: Gestión actividades en materia de formación y empleo DERECHOS DE LA PERSONA INTERESADA: Pueden ejercerse los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de los datos y limitación y oposición al tratamiento conforme se detalla en www.ayto-fuenlabrada.es. DESTINATARIOS: No está prevista su comunicación salvo las cesiones derivadas del cumplimiento de una obligación legal a favor de otras Administraciones o Autoridades Públicas. |
Concejalía de Desarrollo Económico, Empleo y Comercio del Ayuntamiento de Fuenlabrada
MÁS INFO:
CIFE – Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo de Fuenlabrada
Avenida de las Provincias, 33 – 1ª planta
28942 – Fuenlabrada – Madrid
Tlf: 91 606 25 12 | E-mail: cife.fuenlaemprende@ayto-fuenlabrada.es
Web: cife.ayto-fuenlabrada.es
www.facebook.com/CIFE.Fuenlabrada
@CIFE_Fuenla